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Consulado de Ecuador: Voto en el exterior |
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Roma - El Consulado General de Ecuador en Roma informa a las Agrupaciones, Instituciones, Asociaciones, Medios de Comunicación y a la comunidad ecuatoriana en general que, de acuerdo a la circular del 13 de agosto del 2008 del Tribunal Supremo Electoral de la República del Ecuador, se establece que "Para empadronarse en el exterior son válidas la Cedula de Ciudadania o el Pasaporte, sin requerir que dichos documentos esten actualizados". Lo anterior significa que el votante podrá acercase para ejercer su derecho al voto sólo presentando su documento, aún vencido.
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